16/07/2018
A partir del 1º de julio se pone en vigencia la Resolución SENASA 5/2018 que obliga a los fabricantes o recicladores de tambores metálicos certificar el proceso de fabricación o reciclado por una entidad pública o privada.
Con el fin de disminuir costos y trámites para los productores y exportadores, y para promover esquemas de trazabilidad que permitan dar mayores garantías a todos nuestros mercados, la implementación se realizará en periodos. El primero de ellos se cumplimentó con la firma de la Resolución SENASA 5/2018 que incorpora cambios en la identificación del recipiente más comúnmente utilizado para envasar la miel a granel, el tambor metálico, así como también mejoras en su calidad y el proceso de elaboración, tanto de los envases nuevos como de los reciclados, ambos incluidos en la nueva resolución.
A partir de su puesta en vigencia obligatoria el 1° de julio de 2018, los fabricantes o recicladores de tambores metálicos para uso con miel a granel deben certificar el proceso de fabricación o reciclado por una entidad pública o privada autorizada por el SENASA, incluyendo en los envases reciclados las garantías de procedencia y uso anterior exclusivamente en la industria alimentaria.