28/08/2020
La normativa expresa que los proveedores de bienes y servicios «deberán informar de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías».
La Unión del Comercio, la Industria y la Producción (UCIP) de Mar del Plata a través del sector de Comercio y Servicios de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Secretaría de Comercio Interior, mediante la Resolución 244/2020, determinó la extensión de las garantías de los productos y servicios hasta el fin del aislamiento social preventivo.
El objetivo de la decisión es proteger a los consumidores que no pudieron reclamar durante todo el confinamiento.
De esta manera, se extienden los plazos previstos en las garantías contractuales y legales de productos y servicios hasta que concluya el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
A su vez, la normativa expresa que los proveedores de bienes y servicios «deberán informar de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías».