28/03/2017
Los comercios podrán volver a publicitar cuotas “sin interés” y no estarán obligados a mostrar el Costo Financiero Total (CFT) y la Tasa Nominal Anual (TNA) de las ventas financiadas.
Así quedó oficialmente dispuesto en la resolución 240/2017 de la Secretaria de Comercio publicada hoy en el Boletín Oficial.
Según esta normativa, los puntos de ventas podrán no informar al consumidor final el CFT y el TNA correspondiente a los pagos de financiación, pero sí mantendrá la obligatoriedad de exhibir el precio del pago al contado junto con el número y el monto de cada una de las cuotas. No obstante, establece que seguirá siendo obligatorio mostrar el CFT y la TNA para las ventas que se realicen por internet y en los avisos publicitarios en cualquier medio de comunicación.
Por su parte, la Unión del Comercio, la Industria y la Producción (UCIP) de Mar del Plata a partir de la aplicación de la norma de Precios Transparentes – el 1 de febrero – solicitó una revisión de la misma ya que desde un principio se identificó que iba a perjudicar las ventas de los pequeños y medianos comercios. Según el informe presentado los primeros días de febrero por el Departamento de Estudios Sociales y Económicos (DESE) de UCIP, el 92% de los comercios encuestados habían manifestado no estar de acuerdo con la implementación de esa norma.
La resolución de la Secretaria de Comercio habilita a quienes venden en cuotas utilizar el concepto “sin interés”, siempre que el costo de la financiación no se traslade al precio final y el valor de las cuotas sumadas no supere el precio que el consumidor pagaría por la modalidad al contado (en efectivo o un pago con tarjeta de crédito y débito).