UCIP

27/09/2023

Autónomos: actualización de la escala de retenciones de ganancias

Directiva de Economía.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los importes de la escala y las alícuotas aplicables para el cálculo de la retención de Ganancias cuando se trate de pagos por el ejercicio de profesiones liberales u oficios. La medida es parte del paquete ordenado por el Ministerio de Economía de la Nación, destinado a conceder beneficios a los trabajadores autónomos, entre otros sujetos.

Se incorporó el régimen de “Profesiones liberales, oficios” al cuadro utilizado para el cálculo de las alícuotas y montos no sujetos a retención, quedando de la siguiente manera:

CÓDIGO DE RÉGIMEN CONCEPTOS SUJETOS A RETENCIÓN % A RETENER MONTOS NO SUJETOS A RETENCIÓN
INSCRIPTOS NO INSCRIPTOS INSCRIPTOS (a)
119 Anexo II, inc. k) Profesiones liberales, oficios s/escala 28% 160.000

A dicho régimen se le asignó la siguiente escala específica, aplicable sobre el monto del pago que exceda de $160.000:

Importes Retendrán
Más de $ A $ $ Más el % S/exc. de $
71.000 5%
71.000 142.000 3.550 9% 71.000
142.000 213.000 9.940 12% 142.000
213.000 284.000 18.460 15% 213.000
284.000 426.000 29.110 19% 284.000
426.000 568.000 56.090 23% 426.000
568.000 852.000 88.750 27% 568.000
852.000 en adelante 165.430 31% 852.000

Vigencia

Estas medidas tienen vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación para los pagos realizados a partir del 1 de octubre de 2023, inclusive.