13/11/2019
La medida será hasta el 30 de noviembre inclusive para los sujetos que registren la condición de PyMES, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” así como aquellos contribuyentes que se encuentren en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.
La Unión del Comercio, la Industria y la Producción (UCIP) de Mar del Plata informa que tras el pedido que realizó la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4630/2019, prorrogó la suspensión de embargos a las pymes inscriptas como tales en el Registro Pyme del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, en el período del 14 de agosto hasta el 30 de noviembre.
Finalizado el plazo previsto, la traba de medidas cautelares afectadas por la suspensión deberá efectuarse, en caso de corresponder, en forma progresiva entre los meses de diciembre de 2019 y marzo de 2020, ambos inclusive, de conformidad con las pautas que a tal efecto establezca AFIP.
La medida complementa la prórroga dispuesta para la adhesión al plan de pagos a diez años y que, además, incluyó la posibilidad de incluir planes caducos hasta septiembre pasado.
Para acceder a la Resolución General 4630, clic aquí.