UCIP

13/05/2019

Se prorroga el vencimiento de la declaración jurada anual

La Resolución General 3/2019, estableció que el vencimiento para la presentación anual de la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2018 operará el 28 de junio de 2019.

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Comisión Arbitral (Convenio Multilateral del 18.8.77), a través de la Resolución General 3/2019, estableció que el vencimiento para la presentación anual de la declaración jurada (Formulario CM05) correspondiente al período fiscal 2018 operará el 28 de junio de 2019, aplicando a partir del cuarto anticipo, el coeficiente unificado y las bases imponibles jurisdiccionales determinadas.

Cabe destacar que el vencimiento se encontraba previsto para el 20 de mayo, pero a través las solicitudes de diferentes entidades se llevó adelante la prórroga.

Para acceder a la Resolución General 3/2019, haga clic aquí.