UCIP

14/11/2019

La AFIP redujo la alícuota del IVA al 0% para productos de la canasta alimentaria

Mediante la Resolución General 4629/2019, AFIP redujo la alícuota del IVA al 0% para la venta de determinados productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive.

La Unión del Comercio, la Industria y la Producción (UCIP) de Mar del Plata informa a través de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) que la medida de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aprueba el aplicativo IVA Versión 5.4 que funciona bajo plataforma Siap, así como también la versión web del aplicativo. Dado que los contribuyentes que realizan operaciones gravadas a la alícuota 0 % ya presentaron las Declaraciones Juradas por los Períodos Fiscales agosto, septiembre y/u octubre 2019, deberán rectificar las mismas. Cabe destacar que el vencimiento para presentarlas es el 15 de diciembre de 2019.

La AFIP recibirá la información, realizará los cálculos definitivos de la baja en la recaudación y enviará la información a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda.

A su vez, la normativa indica que las novedades resueltas serán replicadas en el formulario F2002 IVA por Actividad, del servicio con Clave Fiscal Mis Aplicaciones WEB, para los contribuyentes y responsables que deban confeccionar sus declaraciones juradas.

Para acceder a la Resolución General 4629/2019, haga clic aquí.