12/11/2014
La AFIP modifico los controles sobre las facturas de los monotributistas con un nuevo procedimiento para solicitar la impresión de comprobantes y la inclusión en las facturas «C» del Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha de vencimiento, que hasta ahora sólo se utilizaba para las de tipo «A» y «B» de los inscriptos en el IVA.
Por otra parte, todos los responsables deberán utilizar remitos tipo «R». Los remitos tipo «X» subsisten únicamente para los traslados internos, dentro del mismo predio, establecimiento o parque industrial, o cuando sean emitidos por los controladores fiscales de la vieja tecnología como documento no fiscal homologado.
Los monotributistas y exentos en IVA recomienzan la emisión de sus comprobantes desde el número 00000001. Los monotributistas desde el 1º de noviembre próximo, permitiéndose el uso de las facturas en existencia hasta el 31 de diciembre de 2014, y los exentos y no alcanzados a partir del 1º de marzo de 2015, pudiendo utilizar comprobantes anteriores hasta el 30 de abril de ese año.
Anexamos abajo un breve instructivo sobre el modo en que debe solicitarse el C.A.I.